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Condenado el Ayuntamiento de Coslada

    MADRID, 08 (EUROPA PRESS)

    La Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid ha condenado al Ayuntamiento de Coslada por una infracción “muy grave” a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) por haber revelado datos de carácter personal de un delegado de CSI-F en el municipio al exjefe de la Policía Local Ginés Jiménez.

    Según la resolución, fechada el 1 de junio y a la que ha tenido acceso Europa Press, el Gobierno municipal trasladó a Jiménez un expediente administrativo en el que se incluían datos personales (tales como información médica) del funcionario cabo de la Policía Local y delegado de CSI-F Juan José A.P.

    El traslado de este expediente se realizó en el marco de una denuncia que el delegado sindical interpuso contra el Consistorio por daños patrimoniales. El Ejecutivo local alegó que este caso entraba dentro de las excepciones reconocidas por la normativa, ya que el exjefe de la Policía era “parte con derechos e intereses legítimos” en el proceso.

    Sin embargo, la Agencia recuerda que, “tras los emplazamientos, es el juzgado quien facilita el expediente recibido y admitido a trámite del recurrente para que plantee la demanda” y que, una vez cumplido este proceso, “se establece el traslado del expediente y de la demanda a los demandados que hubieran comparecido o se hubieran personado para que contesten a la demanda”.

    Así, la Agencia de Protección de Datos considera que el Ayuntamiento cosladeño conculcó la legalidad, ya que ni existía el “consentimiento expreso” de Juan José A.P. para ceder esos datos, ni “concurría ninguna de las excepciones” reconocidas por la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LRJCA), ya que esta normativa estipula que “es el secretario judicial quien, en su caso, decidirá facilitar el expediente a los debidamente emplazados y personados en el recurso”.

    De esta manera, el envío del expediente a Ginés Jiménez fue “improcedente”, ya que la Administración local no es la encargada de trasladar los expedientes en este tipo de casos, decisión que supone una “infracción muy grave” de la LOPD y que podría ser sancionada con entre 300.000 y 600.000 euros.

    Contra esta resolución se puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el director de la Agencia, Santiago Abascal, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, o directamente un recurso contencioso administrativo ante los juzgados competentes.

    El sindicato CSI-F se ha congratulado en un comunicado de esta resolución judicial, al considerar que la Ginés Jiménez utilizó el expediente “con el fin de causar perjuicios al funcionario” y ha reclamado responsabilidades políticas. “Ya está bien de tirar con pólvora ajena y no tener responsabilidades personales”, ha señalado.

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